Guía en Lenguaje Sencillo

La regla de negligencia comparativa de Nueva York

Tener parte de la culpa no termina su reclamo en Nueva York. Lo reduce. Esa sola diferencia es la razón por la que aquí todavía vale la pena presentar casos que otros estados descartarían.

La regla en una frase

Según CPLR § 1411, su propia parte de la culpa reduce proporcionalmente lo que usted recupera — no impide el reclamo.

Nueva York aplica la culpa comparativa pura. No existe un porcentaje límite. Alguien a quien se le atribuya el 80% de responsabilidad por su propia lesión todavía puede recuperar el 20% restante.

Cómo se ve esto con números

Suponga que un caso se valora en $200,000 y se determina que usted tiene el 25% de la culpa. Usted recupera $150,000 — el valor total menos su cuarta parte de la culpa. Con el 60% de la culpa recuperaría $80,000. El reclamo se reduce; no desaparece.

Por qué esto importa más de lo que parece

La mayoría de los estados son menos generosos. Algunos impiden toda recuperación una vez que se supera el 50% o 51% de culpa. Unos pocos aún siguen la negligencia contributiva, donde ser incluso mínimamente responsable derrota el reclamo por completo.

Por eso los consejos que lee en internet, o que escucha de alguien que se lesionó en otro estado, pueden no aplicar aquí. Hay personas que descartan reclamos válidos en Nueva York porque suponen que tener parte de la culpa es fatal. No lo es.

Quién tiene que probarlo

Usted no. La culpa comparativa es una defensa afirmativa, lo que significa que la carga recae en quien la plantea — según CPLR § 1412 el demandado tiene que alegar y probar su porcentaje.

En la práctica, de esto suele tratarse la primera llamada de una aseguradora. Preguntas que suenan comprensivas con frecuencia buscan establecer su porcentaje, porque cada punto de culpa que puedan atribuirle es un punto menos de lo que pagan.

Dónde se discute la culpa

  • Choques — velocidad, distancia de seguimiento, si se señalizó un giro, quién tenía el derecho de paso.
  • Casos de peatones — cruzar fuera de un paso peatonal, o contra la señal. Reduce el reclamo; no lo termina. Vea accidentes de peatones.
  • Caídas — si el peligro era evidente, el calzado, si usted miraba por dónde iba. Vea resbalones, tropiezos y caídas.
  • Cinturones y cascos — no usarlos puede reducir la indemnización por lesiones que el cinturón habría evitado, sin afectar quién causó el choque.

Qué significa esto para usted en la práctica

Dos cosas. No decida que no tiene caso porque cree que contribuyó a él — vale la pena consultar ese juicio con alguien que se dedica a esto. Y tenga cuidado con lo que admite al principio, especialmente ante una aseguradora, porque un porcentaje que le asignen en una llamada grabada es difícil de refutar después.

Hable con nosotros

Si le han dicho que usted tuvo la culpa, o cree que pudo tenerla, aun así vale la pena conversar. La consulta es gratis. Llame al (718) 328-8001 or díganos qué pasó.